Muzza

¿Hay que pagar impuestos si tengo un negocio por internet?

Comparte en redes sociales

Hoy en día, es muy común tener algún negocio a través de internet ya sea mediante una tienda online, algún videoblog en YouTube, alguna red social o cualquier otro medio digital. Sin embargo, en ocasiones algunas Muzzas se detienen ante la incógnita sobre si es necesario pagar impuestos con este tipo de emprendimiento. Por ello Muzzas, les platicamos un poco sobre los lineamientos fiscales a considerar para emprender algún negocio online. 

 Como cualquier actividad económica o lucrativa, la generación de ganancias implica el pago de impuestos. De igual forma, también existe la obligación de acudir ante instituciones legales competentes como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar los trámites correspondientes de firmas, sellos digitales, registro federal de causantes o cumplir con cualquier lineamiento, según sea el caso. 

Así mismo, es una obligación legal regularizarse mes a mes de acuerdo a los requerimientos legales solicitados por las diversas instituciones. Aunado a esto, también es recomendable contratar los servicios de un contador o fiscalista quienes puedan dar asesoramientos y consultorías acerca de estos temas, ya que es imprescindible Muzzas, tener todos sus temas fiscales y contables al día para evitar cualquier multa o retraso en los pagos que deban de hacer como emprendedoras.

Para dar de alta tu empresa, sigue estos pasos:

1.    Solicita una cita en el SAT a través de su página de internet o al 01 800 463 6728.

2.    Asesórate y decide tu régimen fiscal; es decir, si te registras como persona física con actividad empresarial o persona moral.  Si necesitas apoyo en estos temas, puedes contactar a http://www.grupoempresarial360.com/cobo-jamaica-y-asociados/ 

3.    Necesitarás los siguientes documentos:

–   CURP o acta de nacimiento del representante legal.

–   Identificación oficial.

–   Comprobante de domicilio fiscal.

–   Acta constitutiva de la empresa (Debes haberla obtenido previamente con la ayuda de una notaria).

Recuerda que éstos son los requisitos mínimos para poder dar de alta tu empresa. Los procedimientos o requisitos pueden variar dependiendo del giro empresarial. Lo ideal es que te asesores antes de asistir al SAT y tomes en cuenta que tener un negocio formal te permite crecer y cumplir tus metas en menos tiempo y con mayores beneficios.

Una vez que hayas registrado tu empresa exitosamente y cuentes con tu Registro Federal de Contribuyente (RFC) asegúrate de también tramitar tu Firma Electrónica (FIEL) de forma que puedas, posteriormente, generar un Certificado de Sello Digital (CSD). Una vez que cuentes con estos documentos podrás darte de alta ante un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para generar tus facturas electrónicas y cumplir en tiempo y forma con tus deberes fiscales.

Artículos relacionados

Deja un Comentario